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Los 10 errores del Gobierno para exhumar a Franco

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El Gobierno socialista del presidente Pedro Sánchez ha asumido como uno de sus ejes de gobierno exhumar el cuerpo del dictador Francisco Franco del Valle de los Caídos.

No sin polémica, los pasos y el proceso iniciado por el ejecutivo han provocado una reacción de la opinión pública, pero, por otro lado, se hace difícil imaginar otro procedimiento administrativo que pueda mostrar un nivel de improvisación y precipitación como el que ha protagonizado este episodio.

A continuación los diez errores que el Gobierno ha cometido en su objetivo de exhumar a Franco:

1.- Aprobar un decreto ley que no demuestra urgencia

La decisión de realizar la exhumación a partir de un decreto ley fue un error ya que para hacerlo debería haberse justificado un pretexto de urgencia que no queda demostrado en este caso. Esto ha provocado una posible inconstitucionalidad de la Ley, que es posible que se bloquee si la familia Franco cursa un recurso.

2.- No acordar una nueva ubicación con la familia

No se ha llegado a un acuerdo con la familia sobre la reubicación del cuerpo, lo cual cristaliza en el recurso contencioso administrativo presentado contra el acuerdo final del Consejo de Ministros que obliga a la exhumación, ni siquiera eso lo hace posible.

3.- El riesgo de provocar una «ley de caso único»

Por otro lado, el hecho de intentar conseguir la exhumación a partir de una norma con rango de ley ponía en serio riesgo la actuación de provocar una «ley de caso único», lo cual no es posible solo bajo unos requisitos que no concurrían.

4.- La imprecisión de la Ley de la Memoria Histórica

La Ley de la Memoria Histórica no detalla que se pueda exhumar al dictador Franco, sino que hace mención de manera general a que se exhume a todos los enterrados en «el Valle de los Caídos», pero no así en la Basílica. Un detalle que el Ejecutivo pasó por alto ya que también en la Basílica hay 19 monjes enterrados y su exhumación no se justificaría de ninguna de las maneras.

5.- El desconocimiento del nicho en la Almudena

El decreto ley aprobado por el Gobierno decía que se entregarían los restos de Franco a la familia, que decidiría donde inhumarlos de nuevo. La familia anunció que lo haría  en un nicho en la Catedral de la Almudena que la familia posee. El Gobierno no había investigado y, por lo tanto, desconocía la existencia de ese nicho. Para que eso no pasara se impulsó una reforma exprés de la Ley de la Memoria Histórica.

6.- La prohibición de una inhumación en un sitio público

Para evitar que Franco pudiera estar en un lugar público de libre acceso a sus simpatizantes, el Gobierno improvisó la reforma de la Ley de la Memoria Histórica, pero el trámite parlamentario se alargaba así que cambió de estrategia y prohibió la inhumación en la Almudena porque sí. Para justificarse utilizó un autoinforme del delegado del Gobierno que no tenía avales técnicos, que afirmaba que la presencia de los restos de Franco en la catedral provocaría problemas de orden público.

7.- La Ley contradice la prohibición del Gobierno

Y aunque el Gobierno se sirvió de ese documento para la prohibición, esta tuvo consecuencias jurídicas. Y es que aunque en el art. 16.3 de la Ley, nada se dice sobre la posterior inhumación de los restos exhumados, en la norma que regula el procedimiento sí se menciona expresamente que quien decide donde se llevan los restos de Franco es su familia.

8.- La propuesta de inhumar a Franco en otro lugar de titularidad pública

Una de las razones que esgrimió el Gobierno de Sánchez para la exhumación del dictador fue que resultaba inadmisible que el anterior Jefe de Estado estuviera en un lugar propiedad de Patrimonio Nacional. Sin embargo, el Ejecutivo como alternativa a la Almudena propuso enterrarlo en la cripta de Mingorrubio lugar que es también de titularidad pública. ¿El argumento sirve para el Valle de los Caídos, pero no para Mingorrubio?

9.- La inexistencia del permiso eclesiástico

El Comité de Expertos designado por el presidente Zapatero como la Abogacía del Estado admitían que, sin la autorización del abad, no se podía proceder a la exhumación porque creían tenerla, pero no era así. El permiso eclesiástico era necesario tal y como el propio Ejecutivo consideraba imprescindible para exhumar. Al darse cuenta que no lo tenían la solución fue una nueva improvisación: se sigue adelante con la medida, y en la ejecución ya se verá cómo se hace.

10.- En juego los derechos fundamentales

A los nueve puntos anteriores hay que añadir el debate sobre los derechos fundamentales que estarían en juego, tales como la igualdad ante la ley, la libertad religiosa y de culto o la intimidad familiar. A esos elementos cabría añadir el alcance de la inviolabilidad de los edificios religiosos cuando se afecta a actos de culto.

 

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