“La medidas supuestamente ordenadoras operan siempre en el mismo sentido: beneficiar objetivamente a las organizaciones que se dedican a la prostitución, que son la punta visible de las mafias de tráfico de mujeres”, decía hace ya cuatro añosun informe de la Universidad Abat Oliba CEUante el anuncio que hizo por esas fechas el Gobierno de
El anteproyecto de ley que la entonces consejera de Interior de
7 puntos contra una norma injusta
La iniciativa de Tura fue rebatida de principio a fin en los siete puntos en que se estructuraba el informe del Instituto de Estudios del Capital Social (INCAS) del Centro de Investigación y Desarrollo Empresarial (CIDE) de
El estudio, coordinado por Josep Miró i Ardèvol, director del INCAS, además de evidenciar la contradicción que supone una normativa contraria a los criterios de
Complicidad con el tráfico femenino
Pero, ¿es la prostitución una profesión? Ante esta pregunta, el estudio del INCAS aclaraba cualquier tipo de duda cuando distinguía que “las prostitutas desarrollan un trabajo relacionado con el sexo, pero esto no debe confundirse con una actividad profesional: no existe reconocimiento social, ni formalización de su conocimiento ni formación profesional”. Asimismo, el informe señala que “su reclutamiento, también en los países donde está legalizada, se realiza por vías irregulares y no es mayoritariamente el fruto de una elección, sino el resultado de una circunstancia que vulnera de manera radical su autonomía personal”.
La inmigración irregular es el principal caldo de cultivo de esta actividad, “en muchas ocasiones (inmigrantes) forzadas por las redes de tráfico de mujeres”, decía el INCAS, que consideraba también que “si se regula (la prostitución) se está creando una complicidad objetiva con el tráfico femenino con destino a la prostitución”.
Libre elección: Sólo el 5 por ciento
Tal como indicaba el estudio, “la evidencia que la prostitución no es una opción realizada en condiciones objetivas de libertad se constata en el reducido número de mujeres autóctonas que sededican a tal práctica en España… y el abundante número de inmigrantes que la ejercen:del orden del 80 al 85%, según las fuentes”. De hecho, tal como ya señalábamos en una anterior información,“todos los informes son coincidentes: sólo alrededor de un 5% de las prostitutas afirman serlo voluntariamente”.
Ante esta realidad, resultaban hasta cierto punto cínicas algunas de las afirmaciones que contempla el proyecto de ley catalán. Así, tal como denunciaba el estudio del INCAS, “La definición ‘se consideran servicios sexuales remunerados los prestados de forma libre’ contradice toda la información que se dispone en relación a las condiciones bajo las cuales las mujeres se ven abocadas a la prostitución”. Y seguía: “Además, el mismo texto dice ‘adoptar una denominación… que evite el uso de la palabra prostitución, de connotaciones degradantes…’Resulta una hipocresía de dimensiones extraordinarias afirmar que la palabra prostitución es degradante. Lo que resulta degradante para la mujer no es la palabra, sino el acto, la práctica que realiza, y esta continúa siendo la misma a pesar de que se cambie el nombre”.
Efecto llamada sin control
Otro de los aspectos que contemplaba el estudio es el relativo al efecto llamada que suponía el anteproyecto de ley de
Asimismo, también se demuestra al respecto que “este tratamiento choca con la legislación que existe en relación a la regularización de inmigrantes que han entrado ilegalmente en el país y que, de llevarse a término, significaría un trato discriminatorio evidente”.
Ley sueca, la más eficaz
En referencia a la regulación de la prostitución en Europa, el INCAS recordaba que, en el caso de Holanda, donde la prostitución es legal, “el modelo holandés tan sólo tiene un problema: su fracaso. El resultado es un gran aumento del tráfico de mujeres, que se ha multiplicado por cuatro, y lo que también es grave, se ha producido un efecto inhibitorio por parte de les respectivas policías”. También se refiere al caso de Alemania, donde “el fracaso también ha sido manifiesto”. “Se ha trasladado al cliente/usuario la responsabilidad de denunciar posibles casos de explotación. El argumento favorable a la legalización basado en la protección de la saludde las mujeres también ha resultado falaz, ya que laobligatoriedad de revisiones médicas no alcanza a los clientes, que pueden transmitir enfermedades. Las prácticas de riesgo no han disminuido”, atestiguaba el informe.
En el otro extremo, la filosofía que ampara el modelo sueco, del que se mostraba partidario el estudio, afirmaque“la prostitución es un fenómeno social no deseable y es un obstáculo para el actual desarrollo hacia una igualdad entre hombres y mujeres. Un nexo común une los diferentes perfiles de clientes por encima de las diferencias de edad, nivel de estudios y estatus socioeconómico: la visión no igualitaria de las relaciones entre los dos sexos. Es debido a ello que las mujeres suecas tienen consciencia de dos puntos fundamentales: la prostitución daña sobre todo la mujer, a la corta o a la larga, y su inductor es el hombre”. Cabe recordar que la ley sueca no sólo prohíbe el ejercicio de la prostitución, sino que también penaliza al cliente.
Por último, el estudio del INCAS se hacía una pregunta sobre el proyecto regulador de