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Debates morales y políticos. Pequeño homenaje a Charlie Kirk (2). Matrimonio homosexual

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Una buena manera de honrar su memoria es aplicar su método a nuestras cuestiones polémicas: debatir y razonar, desmontar argumentos adversos sin descalificar a quienes los sostienen. En el primer artículo traté del aborto y sus razones, en este segundo del vetado debate sobre el matrimonio homosexual.

“El matrimonio está mal entendido si se extiende a las parejas del mismo sexo, porque su fin, su telos es la unión de un hombre y una mujer concebida como lugar de crianza de los hijos; las parejas del mismo sexo podrían acogerse a otra forma jurídica.

Tesis

El matrimonio, en su sentido propio, es la unión de un hombre y una mujer, abierta a la procreación y destinada a la crianza de los hijos. Extender el término “matrimonio” a uniones del mismo sexo altera la naturaleza de la institución.

Argumentos fuertes a favor

  1. Antropológicos: el matrimonio surge en todas las culturas como unión sexual complementaria entre varón y mujer. Esa complementariedad biológica no es intercambiable. La caracterización psíquica de la mujer y el hombre y sus respectivas potencialidades alcanzan el máximo en la unidad; de ahí que resulte el mejor lugar para el cuidado y educación de la descendencia
  2. Filosóficos: la institución matrimonial no se reduce al afecto o contrato, sino que tiene un fin social: asegurar la continuidad de la comunidad mediante la generación y cuidado de nuevos miembros.
  3. Sociológicos: la familia basada en padre y madre es el núcleo de transmisión de cultura, valores y pertenencia, y por tanto, constituye capital social.
  4. Jurídicos: si se redefine el matrimonio como “cualquier unión afectiva”, se pierde el criterio objetivo y se abre la puerta a indefinidas formas de unión (poligamia, uniones de conveniencia, etc.).
  5. Propuesta alternativa: reconocer jurídicamente a las parejas del mismo sexo con una figura distinta (unión civil) que proteja sus derechos patrimoniales sin modificar la naturaleza del matrimonio.

Objeciones habituales

  1. Igualdad de derechos: negar a las parejas del mismo sexo el acceso al matrimonio es discriminatorio, pues limita una institución civil que otorga beneficios y reconocimiento. Tratar lo distinto como igual si es discriminatoria. Existen impedimentos legales para el matrimonio y esto no implica ninguna discriminación; dos hermanos no pueden casarse.
  2. Separación, procreación–matrimonio: hay matrimonios heterosexuales sin hijos y eso no invalida su unión. Por tanto, la procreación no sería esencial. Es obvio que la excepción no invalida la regla; al contrario, contribuye a explicarla.
  3. Pluralismo social: en sociedades seculares, el Estado debe garantizar libertad y no imponer definiciones “religiosas” del matrimonio. El que exista un matrimonio religioso nunca puede ser un argumento contrario al matrimonio porque equivale a decir que la religión no es fuente de nada preceptivo para la sociedad que de ella ha surgido. Por otro lado, es evidente que el matrimonio está ampliamente secularizado y esto en si mismo no constituye ningún argumento para un matrimonio sin capacidad complementaria. Duplicar padres o madres no aporta lo necesario, además de su infertilidad, no ocasional sino estructural.
  4. Bienestar infantil: se argumenta que lo decisivo no es el sexo de los padres, sino la calidad del cuidado; estudios son invocados (aunque discutidos) para sostener que hijos de parejas del mismo sexo no presentan desventajas significativas. La abundancia de literatura científica sobre las consecuencias de la ausencia de la figura paterna o materna son abrumadoras, además de someter al hijo a un estrés social, ya de por sí dañino.

Riesgos del enfoque igualitario radical

  1. Disolución del sentido institucional: al desvincular matrimonio de la complementariedad sexual, la institución se convierte en un mero contrato afectivo, más frágil y revocable.
  2. Erosión cultural: la redefinición del matrimonio afecta al imaginario colectivo sobre familia, filiación y paternidad/maternidad.
  3. Efecto jurídico expansivo: la lógica de “igualdad de derechos” sin criterio objetivo podría justificar en el futuro la legalización de poligamia u otras uniones, debilitando la figura matrimonial.

Posibles puntos intermedios o conciliadores

  1. Reconocimiento civil paralelo: otorgar a parejas del mismo sexo una protección jurídica (uniones civiles) sin redefinir el matrimonio.
  2. Reforzar la centralidad de padre y madre en políticas públicas de familia.

En resumen, esta tesis no se reduce a un “prejuicio religioso” como a menudo se etiqueta, sino que tiene un fundamento antropológico, social y jurídico consistente. La discusión real está en si el Estado debe redefinir una institución natural preexistente o, en cambio, garantizar derechos por vías paralelas sin alterar su significado original.

Twitter: @jmiroardevol

Facebook: josepmiroardevol

El reconocimiento de uniones civiles protege derechos sin alterar la naturaleza del matrimonio #UnionesCiviles #Derechos #DebateMoral Compartir en X

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1 Comentario. Dejar nuevo

  • Muy bien fundamentado y expuesto, apelando a la razón aristotélica, o si se quiere, al sentido común.
    Pero es que el origen del mal llamado “matrimonio homosexual” es fruto del idealismo platónico, una percepción meramente intelectual que prescinde de los aportes de la realidad. Se trata de un proceso de igualación por abstracción: de la unión de un hombre y una mujer, sexualmente diferenciados, se pasa, por abstracción, a una pareja sin más. Y ese concepto se rellena con dos personas, sea cual sea su sexo. De esta forma se construye la ilusoria falacia de equiparar realidades que son opuestas, porque la relación sexual entre dos personas de distinto sexo es opuesta a la relación entre dos personas del mismo sexo, relación que puede de cualquier tipo menos sexual. Si hablamos de sexo es porque existen dos sexos diferenciados, femenino y masculino. En el mundo de las amebas, seres unicelulares que se reproducen por división celular, la palabra “sexo” no existe porque no existe diferenciación sexual. La palabra “homosexual” es un oxímoron, porque si es “homo” no puede ser “sexual”, y si es sexual solo puede ser “hetero”. Por la misma razón, la expresión “heterosexual” es un pleonasmo.

    A base de fabricar palabrejas y jugar con ellas es como se ha logrado implantar legal y socialmente algo tan absurdo como el “matrimonio homosexual”, una aberración que además resulta selectiva y reduccionista, porque una vez practicada la abstracción caben en ella todo tipo de parejas: dos hermanos; padre y madre con hijo o hija, a escoge; abuelo y abuela con nieto o nieta, también a escoger; e incluso una persona con una mascota, ya que la atracción zoofílica también existe y la ideología animalista considera que las mascotas también son personas. Cabe tener en cuenta que si no hay reproducción el incesto deja de existir, y que la relación zoofílica entre especies distintas es estéril por naturaleza, igual que la relación homosexual, por cierto.

    Más acá de estas consideraciones realistas y de sentido común, la pura y simple verdad es que la concesión legal del “matrimonio homosexual” es una burla vejatoria a las personas de esta condición o tendencia, a quienes se trata como acomplejadas que necesitan imitar en todo a las personas heterosexuales, porque no aceptan ni asumen su propia realidad y las limitaciones que comporta.

    De hecho, no pocas personas “homosexuales” se han manifestado en este sentido, abominando del “matrimonio” y rechazando la afiliación, ya sea por medio de las chapuzas in vitro y la explotación de vientres ajenos, o por adopciones abusivas que violan el derecho de los niños a crecer con un padre y una madre.

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