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¿Qué cambios hizo el Papa en la ley del Vaticano la semana pasada y qué provocarán?

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El Papa Francisco emitió dos par de cartas apostólicas motu proprio («por iniciativa propia») la semana pasada. Uno modifica el Reglamento General de la Curia Romana en un intento de reducir la corrupción. El otro permite que los cardenales y obispos sean juzgados por delitos penales por tribunales vaticanos de nivel inferior. Anteriormente, los prelados de alto rango solo podían ser juzgados en tales casos por el Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica, la Corte Suprema del Vaticano.

En su Carta Apostólica, el Papa Francisco enfatiza que los cambios a la ley de la Ciudad del Vaticano se basan en el principio, enunciado en el Vaticano II, de que “todos comparten una verdadera igualdad en lo que respecta a la dignidad y a la actividad común de todos los fieles para la construcción del cuerpo de Cristo «.

«La conciencia de estos valores y principios», escribe el Papa, «que ha ido madurando progresivamente en la comunidad eclesial, exige hoy una conformidad cada vez más adecuada con ellos también en el sistema vaticano«.

La nueva legislación solo se aplica a los casos penales, según explica Tomasso Pozzi en Catholic Herald. El Papa se reserva el derecho de escuchar personalmente los casos que involucren a cardenales y obispos que se relacionen con asuntos espirituales o violaciones del derecho canónico (eclesiástico).

Los cambios también “aseguran que todos puedan disfrutar de un juicio de múltiples grados”, permitiendo apelaciones en varias etapas del proceso judicial. Las nuevas disposiciones, escribe el Papa, colocan los estatutos del Vaticano «en consonancia con la experiencia jurídica internacional más avanzada».

El motu proprio mantiene el requisito de que el Papa debe aprobar tales casos antes de que procedan. Un artículo en el sitio web Vatican News señala que «las nuevas disposiciones son similares a los procedimientos en los Estados que requieren la autorización de los parlamentos para juzgar a los jefes de estado o ministros de gobierno».

Transparencia en las finanzas del Vaticano

El motu proprio del viernes fue el segundo destinado a combatir la corrupción en el Vaticano. El primero, emitido el jueves «con efecto inmediato», se refiere a la «transparencia en la gestión de las finanzas públicas» en el Vaticano.

Con esa Carta Apostólica, el Papa Francisco requiere que los altos funcionarios del Vaticano hagan una declaración formal de que no han sido condenados por delitos penales, ni se han beneficiado de un indulto o amnistía en relación con dichos delitos; y que no estén sujetos a procesos o investigaciones penales pendientes.

Además, deben acreditar y no tener intereses económicos en países con alto riesgo de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo, en empresas o negocios en países que operan “con fines o sectores contrarios a la doctrina social de la Iglesia”; o en países incluidos «en jurisdicciones no cooperativas a efectos fiscales». Además, afirman que bajo su conocimiento», todos sus bienes e ingresos se derivan de actividades lícitas.

La Carta Apostólica también prohíbe a todos los empleados del Vaticano aceptar o solicitar obsequios relacionados con el desempeño de sus funciones que superen los cuarenta euros.

Al explicar las nuevas disposiciones, el Papa Francisco escribe: «La fidelidad en asuntos de poca importancia está relacionada, según las Escrituras, con la fidelidad en las cosas de importancia, así como ser deshonesto en las cosas de poca importancia se relaciona con ser deshonesto en las cosas de importancia«.

Añade que los empleados de la Curia romana y otras instituciones vinculadas a la Santa Sede “tienen una responsabilidad particular de poner en práctica la fidelidad de que habla el Evangelio, actuando según el principio de transparencia y en ausencia de cualquier conflicto de intereses. »

El Papa señala que la nueva normativa sigue las normas establecidas en 2020 “para combatir la corrupción en el ámbito de los contratos públicos” de la Santa Sede y el Vaticano. Sin embargo, dado que “la corrupción también puede ocurrir de diferentes maneras y formas en sectores distintos a la contratación”, quienes ocupan “puestos clave” en el sector público están obligados a “obligaciones especiales de transparencia” para prevenir y combatir “conflictos de intereses”. interés, mecenazgo y corrupción en general.

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