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Protección y amparo ante la arbitrariedad política (I)

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«Pero al que escandalice a uno de estos pequeños, más le vale que le cuelguen al cuello una de esas piedras de molino que mueven los asnos y le hundan en lo profundo del mar» (Mt, 18,6 ss.).

No es habitual que un grupo de población se dirija al Tribunal Constitucional pidiendo protección y amparo, pero todavía lo es menos que solicite tal medida para protegerse de una actuación del parlamento de su propio país.

No es habitual, pero es lo que sucedió el viernes 17 de junio, cuando las asociaciones e-Cristians y One of Us presentaron un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional ante la «Proposición no de Ley de los Grupos Parlamentarios Socialista y Vasco (EAJ-PNV), relativa a encomendar al Defensor del Pueblo la creación de una Comisión independiente con el encargo de elaborar un Informe sobre las denuncias por abusos sexuales en el ámbito de la Iglesia Católica y el papel de los poderes públicos» aprobada por el Pleno del Congreso de los Diputados el día 10 de marzo de 2022, y publicada en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el 17 de marzo de 2022.

Este acuerdo, ahora recurrido, parte de una identificación inaceptable. Si del texto precedente en cursiva se  sustituye “abusos sexuales” por cualquier otro  delito (tráfico de dogas, robo con violencia, okupaciones, etc.) y el “ámbito de la Iglesia Católica” por un grupo equivalente, religioso o secular (gitanos, inmigrantes…), las protestas por discriminación las habrían asumido primero diputados, y después los medios de comunicación, por identificar un delito con un perfil concreto de población. Nada de esto sucedió. Incluso algunos católicos han asumido con normalidad, que señalen específicamente a su grupo religioso como el único que merece atención de los poderes públicos por su pederastia. Es una variante del síndrome de Estocolmo.

Ante tal señalamiento, muchas personas pueden pensar “por algo será”. Pero ese algo es la conversión interesada del grupo católico en chivo expiatorio, en los términos precisos del concepto, que aplica René Girard, y que sirve en este caso para ocultar precisamente la responsabilidad en este delito por parte de los poderes públicos.

Que en el ámbito de la Iglesia se han producido abusos sexuales a menores es una evidencia; que son en número marginal en relación con el total de los casos, también lo es.  Entonces, ¿por qué fijar exclusivamente la atención en ella, si ya solo en los ámbitos de las administraciones públicas se dan muchos más casos? Pues este es precisamente el papel del chivo expiatorio.

Que hay una responsabilidad de los poderes públicos desde hace años es evidente. En 1994 el Ministerio de Asuntos Sociales encargó al Dr. Félix López, catedrático de Psicología de la Sexualidad de la Universidad de Salamanca, un informe cuyo resultado establecía que los abusos a menores cometidos por docentes afectaban al 23% de las niñas y al 10% de los niños. En su libro «Abusos sexuales a menores: el que recuerdan de mayores» (1996), refiere la cifra del 15,2% de los chicos y del 22,5% de las chicas. Ahora mismo, el escándalo en torno a la inculpación de la vicepresidenta Oltra de la Generalitat Valenciana, por presunta encubridora de un delito de este tipo cometido por su exmarido condenado a cinco años de cárcel, es una constatación más. Como lo es el goteo diario de noticias de abusos en la escuela, en el  deporte o en el ocio.

A pesar de aquel estudio que afectaba a un ámbito, el de la escuela, que mayoritariamente se encuentra bajo la responsabilidad de la administración del Estado, ni aquel gobierno ni ningún otro hizo nada para abordar la cuestión. Hasta ahora, 28 años después. Pero no para dirigir su atención al espacio educativo bajo su responsabilidad, que presentaba tan alarmantes cifras, sino para situar su foco en un sujeto de la sociedad civil, que además, como veremos, tiene una incidencia marginal en este tipo de delito.

El 28 de Noviembre de 2018, El País, que desde hace unos pocos años solo le interesa la pederastia en la Iglesia, informaba: “Los menores son víctimas de la mitad de los delitos sexuales. Los más comunes contra ellos son, según las cifras de 2017, el abuso sexual (2.086); el exhibicionismo (495), la agresión sexual (443), la corrupción (433) y el abuso sexual con penetración (258)”. Eran datos extraídos de un  Informe sobre delitos contra la libertad e indemnidad sexual elaborado por el Ministerio del Interior, al que había tenido acceso aquel periódico. ¿Qué hizo el gobierno con cifras tan alarmantes? Nada. Mejor dicho, dedicarse a elaborar una nueva legislación centrada solo en los casos de las mujeres adultas y la violencia de género. Sobre la infancia y la adolescencia -el ¡50%! – ignorancia total, como ya venía haciendo desde 1994. Todo eso, a pesar de que el titular del mencionado artículo, era contundente: Los menores son víctimas de la mitad de los delitos sexuales”. Y el subtítulo alarmante: El primer gran informe sobre abusos y agresiones en España refleja un incremento de casos del 30% desde 2012.

Pero es que con anterioridad los medios de comunicación ya habían informado de la gravedad de la situación. El Diario de Valladolid, citando la agencia oficial EFE, señalaba el 2 de octubre del 2015: “Un total de 3.364 menores de edad fueron víctimas de delitos contra la libertad sexual en España entre 2013 y 2015”.

En junio de 2019 el digital Público, publicaba: “Cada tres horas se denuncia un abuso sexual hacia un menor en España, pero el 70% de los casos nunca llega a juicio. Los datos son escasos pero contundentes y aterradores: uno de cada cinco menores es víctima de abusos o agresiones sexuales, aunque solo un 15% de los casos se denuncia. En España se registraron más de 3.000 denuncias por abuso o agresión a menores de 17 años solo en el año 2017, una cada tres horas”.

Por su parte, organizaciones especializadas en violencia contra menores y los medios de comunicación difundieron una información mucho más reciente, de noviembre de 2021, con origen en Save the Children que dice así: Según datos del Ministerio del Interior, entre 2019 y 2020 se habían presentado un total de 11.838 denuncias por delitos contra la libertad sexual (6.153 en 2019 y 5.685 en 2020) que tenían como víctimas a menores de edad. En ambos años estas denuncias representaban cerca del 50% del total de las recibidas por este concepto, lo que supone que una de cada dos agresiones sexuales en nuestro país tiene como víctima a un menor. Y estos datos suponen solo la punta de un gran iceberg, puesto que se estima que tan solo se denuncia el 15% de los abusos sexuales que ocurren en la infancia (tengo dudas razonables sobre la magnitud absoluta de las cifras, pero han sido reiteradas en los medios de comunicación sin ningún desmentido). En cualquier caso se repite la idea del 50% de los delitos sexuales totales.

“La prevalencia de este delito en nuestro país es muy elevada, puesto que se estima que entre el 10% y el 20% de los menores sufren abusos sexuales. Esto supone que de los ocho millones de niños que hay en nuestro país, entre 800.000 y un 1,6 millones sufren algún tipo de abuso sexual”, afirmó en rueda de prensa Andrés Conde, director general de Save the Children.

Este mismo estudio señala, que el abusador más frecuente es el padre, casi en un tercio de los casos. Hay ocasiones en que el familiar no es identificado (20%) y otras en las que el agresor es la pareja de la madre (el 18%), el abuelo (12%) o un tío (6%). Fuera del entorno familiar, destacan los abusos cometidos por amistades (1 de cada 10) o por compañeros de la víctima. El 6% de los delitos son perpetrados por educadores. No figura ninguna referencia a sacerdotes y religiosos.

Pero además, y como advierte el propio Ministerio del Interior (Informe de Delitos contra la Libertad Sexual 2020), la violencia contra los menores tiene una tasa menor de esclarecimiento entre los casos de violencia sexual: “Los delitos contra la libertad e indemnidad sexual, presentan una de las más altas tasas de esclarecimiento, situándose con el mayor porcentaje de hechos esclarecidos los delitos relativos a los abusos y agresiones sexuales, ambas con penetración. No obstante, cabe reseñar que en el escalón más bajo de esclarecimiento están los delitos relacionados con menores tales como pornografía de menores y delitos de contacto con menor de 16 años para fines sexuales, amparándose en la tecnología”, según cita la web de estadística especializada Geo violencia sexual, que señala la dificultad en obtener y tratar los datos sobre esto delitos. Un gráfico que señala el porcentaje de delitos contra la libertad sexual que afectan a menores sobre el total, señala su crecimiento: si en 2010 ya eran muchos, un 37,9%, en el 2020 habían crecido hasta superar la mitad, el 50,8%, casi 3 puntos de crecimiento en una década.

Artículo publicado en La Vanguardia

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