El Gobierno de Marruecos ha expulsado del país a cuatro misioneras españolas y a una alemana por participar en “una reunión de proselitismo” en la que también estaban presentes ciudadanos marroquíes, según informó el Ministerio del Interior marroquí en un comunicado.
Las cinco misioneras, cuya identidad se desconoce por el momento, fueron previamente detenidas e interrogadas 24 horas antes de su expulsión por miembros de la Policía Judicial de Casablanca. Se las acusaba de llevar a cabo una “propaganda evangélica” en el país magrebí.
Los agentes se incautaron de numeroso material de propaganda evangélica, incluidos varios libros y cintas de vídeo en árabe, así como de distintos “objetos de culto”.
La Embajada española en Rabat y los consulados de Tánger y Casablanca aseguraron que el Gobierno marroquí no se puso en contacto con ellos para informarles de la decisión. Posteriormente, el propio Gobierno de Marruecos pidió disculpas por no haber notificado a la diplomacia española su decisión de expulsar a las misioneras.
Contradicción constitucional
Cabe recordar que en Marruecos, mientras la Constitución garantiza la libertad religiosa: “el islam es la religión del Estado, que garantiza a todos una libre práctica religiosa”, su Código Penal puede castigar el “proselitismo” no islámico con penas de hasta tres años de prisión.
Tal como detalla el Informe 2008 de Ayuda a la Iglesia Necesitada (AIN), en su apartado dedicado a la situación en Marruecos, “en 1962, el rey Asan II presentó su interpretación de dicho artículo de la Constitución, dictaminando que judíos y cristianos podían practicar su religión en total libertad, pues eran religiones reconocidas por el islam”.
“Pero también precisó que esto no significaba que los musulmanes fueran libres de cambiar de religión o de pasarse a cualquier otra forma de culto”, añade AIN. No obstante, el Código Penal “no establece pena alguna para la apostasía voluntaria y elegida libremente”.
En cambio, a pesar de la supuesta libertad religiosa, “ese mismo Código Penal penaliza el proselitismo no islámico. El artículo 220 establece una condena de entre seis meses y tres años de prisión, además de una multa de entre 100 y 500 dirhams, para quien intente desestabilizar la fe de un musulmán para convertirlo a otra religión”, continúa el informe de AIN.
También se condena emplear “medios de persuasión para explotar su debilidad o necesidades, o utilice para este fin instituciones educativas o sanitarias, albergues u orfanatos”, añade.
Las campanas, en silencio
Otra cuestión que también denuncia el informe de Ayuda a la Iglesia Necesitada es que, aunque “la Iglesia católica goza de reconocimiento oficial en virtud de unas letras patentes enviadas por el rey Asan al Papa Juan Pablo II el 30 de diciembre de 1983”, desde 1960 “está prohibido de facto que repiquen las campanas de las iglesias, y tampoco está permitido vender Biblias en árabe (sí es posible en francés, inglés y español).
“La Iglesia católica se abstiene rigurosamente de cualquier actividad que pudiera ser entendida como evangelizadora. De hecho, y en palabras de Mons. Vincent Landel, arzobispo de Rabat, ‘la idea de que alguien pudiera infringir las leyes marroquíes no debe ni tan siquiera contemplarse’”, dice el informe sobre Marruecos.
Otras cuestiones contempladas por las leyes marroquíes son que “una ciudadana musulmana marroquí no puede casarse con un no musulmán si éste no se convierte al islam”; y también que “una mujer cristiana o judía que se case con un musulmán pierde todo derecho a heredar de su marido y la custodia de los hijos en caso de separarse o enviudar”.
El estudio de AIN recuerda que se calcula que actualmente hay unos 50.000 cristianos sobre una población de 30 millones de marroquíes. La mayoría son católicos y extranjeros.
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