El debate sobre el suicidio asistido en Francia ha entrado en una fase crítica tras la presentación de un proyecto de ley que busca legalizar tanto el suicidio asistido como la eutanasia en determinados casos.
Este intento legislativo, respaldado por ciertos sectores políticos y mediáticos, ha generado una profunda preocupación entre los defensores de la vida y los principios de la bioética católica, al plantear una grave amenaza a la dignidad intrínseca del ser humano.
Un cambio radical en la legislación francesa
El proyecto de ley sobre la ayuda para morir, presentado públicamente el 12 de mayo de 2024 y respaldado por la Comisión de Asuntos Sociales, introduce lo que se denomina un «derecho a la ayuda para morir».
En términos concretos, esto significa que cualquier persona mayor de edad y residente en Francia, que padezca una enfermedad grave, incurable y potencialmente mortal, podrá solicitar una sustancia letal para administrársela o, si no puede hacerlo, para que un médico o enfermero lo haga por ella.
Esto constituye, en la práctica, la legalización tanto del suicidio asistido como de la eutanasia.
Este enfoque supone un cambio de paradigma respecto al enfoque tradicional francés, que hasta ahora había resistido este tipo de prácticas en nombre de la ética médica, el acompañamiento paliativo y el respeto a la vida humana.
Criterios subjetivos y vagos
Uno de los puntos más alarmantes del proyecto es la vaguedad de los criterios de acceso. A diferencia de lo que podría esperarse en un marco legal restrictivo, el texto no exige que el paciente se encuentre en fase terminal inminente, como sucede en otras legislaciones.
Basta con que la persona sufra una enfermedad «grave e incurable» en «fase avanzada o terminal», y que declare experimentar un sufrimiento físico o psicológico «insoportable», incluso si ha decidido voluntariamente no seguir un tratamiento.
Esto deja una puerta abierta a interpretaciones subjetivas y potenciales abusos, ya que la decisión depende en gran medida de la percepción individual del sufrimiento, sin criterios objetivos estrictos.
El papel del personal sanitario y el margen de conciencia
Aunque se establece un plazo mínimo de reflexión de dos días entre la validación médica y la ejecución de la muerte asistida, el proceso completo puede resolverse en cuestión de pocos días. Además, la implicación del personal médico es ineludible. Incluso si no son ellos quienes administran directamente la sustancia letal, los médicos y enfermeros deben autorizar, supervisar y acompañar todo el procedimiento.
Si bien el texto concede una cláusula de conciencia limitada para algunos profesionales sanitarios (médicos y enfermeros), excluye explícitamente a los farmacéuticos, quienes deben preparar y entregar la sustancia letal, sin posibilidad legal de objeción por razones éticas o religiosas. Más preocupante aún es que las instituciones sanitarias y residencias de ancianos tampoco podrán oponerse a que se practiquen estas muertes en sus instalaciones, lo cual vulnera gravemente la libertad institucional y la identidad católica de muchos centros.
Una excusa legal: “muerte natural”
Otro aspecto escandaloso del proyecto es que estipula que en el certificado de defunción del paciente figurará que ha fallecido por “muerte natural”.
Esta distorsión legal busca asegurar beneficios como seguros de vida, pero también confunde al público sobre la verdadera naturaleza del acto, que es, en esencia, la provocación deliberada de la muerte de un ser humano por medios artificiales.
Esta medida no solo constituye una mentira jurídica, sino una forma de normalizar lo inaceptable moralmente: la eliminación activa de la vida bajo el eufemismo de un “derecho”.
Control posterior y penalización de la oposición
Sorprendentemente, el proyecto establece que el control del cumplimiento de la ley se realice una vez fallecido el paciente, basándose únicamente en lo que reporten los profesionales sanitarios involucrados. Esto impide un verdadero control preventivo y podría facilitar irregularidades difíciles de probar a posteriori.
Más aún, se introduce un delito de obstrucción para quienes intenten disuadir a otros de recurrir al suicidio asistido o la eutanasia, incluso si se hace por medios electrónicos o mediante la difusión de información “susceptible de inducir a error”. Las organizaciones pro-vida podrían verse criminalizadas por su labor educativa, si esta se interpreta como un intento de disuadir al paciente.
Defensa de la vida
La vida humana es sagrada desde la concepción hasta la muerte natural, y ninguna situación de sufrimiento justifica eliminarla deliberadamente.
El Catecismo de la Iglesia Católica afirma que “la eutanasia voluntaria, directa, cualquiera que sea la forma o los medios utilizados, constituye un homicidio gravemente contrario a la dignidad de la persona humana y al respeto del Dios vivo, su Creador” (CIC 2324).
En lugar de facilitar la muerte, la verdadera compasión se manifiesta en el acompañamiento amoroso, los cuidados paliativos integrales y el respeto a la libertad y dignidad de cada persona, incluso en sus momentos más vulnerables.
El proyecto de ley sobre la legalización del suicidio asistido en Francia plantea preguntas profundas sobre el futuro de nuestra civilización: ¿seguiremos defendiendo el valor intrínseco de la vida, o la sustituiremos por una lógica utilitarista que considera la muerte como solución al sufrimiento?
La dignidad no se mide por la ausencia de dolor, sino por el amor que rodea a cada vida hasta su final natural.
De que estamos hablando ¿Derecho a morir o deber de matar?











1 Comentario. Dejar nuevo
A la par que van ampliando el derecho a morir van restringiendo el derecho a nacer.
En realidad, ambas tendencias tienen en común la ampliación del derecho a matar.
Así, los dos extremos de la vida humana, el comienzo y el final, quedan degradados de su inherente sacralidad y reducidos a momentos funcionales que se pueden interrumpir a voluntad, como quien interrumpe una lavadora a poco de iniciarse el programa o cuando le falta poco para acabar. Personas tratadas como a máquinas.