El Sacramento del Bautismo es la ablución con agua bajo la explícita invocación de cada una de las tres Personas de la Santísima Trinidad, significando la espiritual regeneración. Es el Sacramento de la regeneración por medio del agua con la palabra. Puede darse la siguiente definición descriptiva: Sacramento de la Nueva Ley instituido por Nuestro Señor Jesucristo en el que por la ablución con agua, realizada por el ministro bajo la invocación de la Santísima Trinidad, el hombre queda regenerado a la vida sobrenatural e incorporado a la Iglesia de Cristo.
Estas palabras antecedentes, incluido el título, no son mías. Las tomo prestadas del padre dominico Antonio Royo Marín. A finales del siglo XX recibió del Papa San Juan Pablo II la medalla Pro Ecclesia et Pontifice, conforme en toda su amplia obra escrita no hay ni un solo error doctrinal. El agua derramada sobre la cabeza, o bien por inmersión, es la materia del sacramento. La forma son las palabras de Cristo en el Evangelio yo te bautizo en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo. El sujeto receptor es el bebé, niño o adulto. El ministro es, habitualmente, el sacerdote o diácono, en ceremonia parroquial.
Digo habitualmente y en ceremonia parroquial. A veces no puede o no ha sido o no será posible que sea así. Por ejemplo dos situaciones concretas: A) Bautizo en zona misional sin diácono, con visita pastoral del religioso misionero muy de vez en cuando, y ministro un laico “comprometido” residente en la aldea. B) Bautizo del bebé nada más nacer, sin esperanza de vida, en centro hospitalario y ministro el ginecólogo aunque sea “ateo”. En un caso así, Ministro puede serlo incluso una persona alejada de la fe y militancia cristiana siempre que, a petición de la persona cristiana adulta (los padres) que lo solicite, actúe tal como indico en el párrafo precedente.
Cada Sacramento tiene un matiz propio de gracia santificante. En el Bautismo (pág. 434 Teología de la Perfección Cristiana) “es la gracia regenerativa, que renueva totalmente al hombre, borrándole el pecado original y todos los pecados actuales que pueda tener, con sus rastros y reliquias, incluso la pena temporal debida por ellos”.
Añado un par de observaciones litúrgicas (la segunda es mía): A) En tiempo cuaresmal no se celebran Bautismos en los templos. Hay que esperar por lo menos a la Vigilia Pascual en la noche de Pascua. B) Por conveniencia pastoral las ceremonias de Bautismo habitualmente no son individuales en el transcurso de una misa parroquial. Tienen lugar varios bautizos a la vez uno tras otro en ceremonia abierta pero privativa un día al mes, normalmente en día domingo a las 17 horas. Es decir sin asistencia de ningún fiel habitual de la parroquia concreta. O sea ceremonia privativa para cristianos de segunda clase que no van a misa incluidos lo que sí van. El bicho raro es el que va a misa y no al revés.
Personalmente he huido de esta conveniencia “pastoral” todo lo que he podido. Pues puede influir negativamente el hecho de ceremonia a mogollón. Influir en los padres practicantes y hermanos mayores practicantes del bebé que se bautiza. Influencia en los padres practicantes y en sus hijos practicantes la ceremonia de boato de quienes no son practicantes. En cambio el bautismo, en el transcurso de una misa dominical homologada, obliga a la compostura en primera fila a las familias no practicantes habituales que acuden al bautizo de su ser querido. Obliga a los fieles practicantes a dar ejemplo a los que no lo son arropándoles. El barullo de mogollón no practicante queda minimizado. El Sacramento cobra relevancia social eclesial.