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10/02/2010 - Vida y bioética
“La Constitución del siglo XXI”: República Dominicana aprueba una nueva Carta Magna pro vida
Tras una dura batalla con los grupos pro aborto y el apoyo de la Iglesia la constitución a favor de la vida del país caribeño puede celebrar su confirmación
La República Dominicana ha aprobado una constitución pro vida
ForumLibertas.com

La nueva Constitución de República Dominicana garantiza el derecho a la vida desde el momento de la concepción hasta la muerte natural. La oficina de prensa de la Conferencia Episcopal de República Dominicana informó a Agencia Fides que “luego de una larga batalla con grupos pro-aborto y contra los intereses internacionales que ejercían presión sobre el gobierno para que la nueva Constitución aprobase el derecho a matar (aborto), triunfó la vida”. “La Iglesia Católica –continúa el texto– se había convertido en el grupo de oposición y debido a ello recibió numerosas críticas y fue objeto de sarcasmo, pero al final Dios ha permitido que nuestra Constitución respete el derecho a la vida desde su concepción hasta la muerte natural”.

Según Fides, después de una discusión de casi siete semanas en el parlamento, y su paso por la Asamblea Nacional de Revisión, fue aprobada la Nueva Constitución de República Dominicana, que sostiene y “defiende la vida desde su concepción hasta la muerte natural”. Tras el anuncio oficial por parte del presidente de la Asamblea, Reinado Pared Pérez, el Presidente de República Dominicana, Leonel Fernández, declaró que la nueva Constitución es “la Constitución del siglo XXI”.
 
La nueva Constitución Dominicana, que penaliza el aborto, entró en vigor el 26 de enero, día de Juan Pablo Duarte (principal ‘Padre de la Patria’ dominicana) y ha sido aprobada por el Congreso Nacional Dominicano. La defensa de la vida ha sido una de las cuestiones más controvertidas durante la Asamblea, que al final aprobó el artículo 37 de la Constitución en el que se afirma que “el derecho a la vida es inviolable desde su concepción hasta la muerte. No puede ser establecida, pronunciarse ni aplicarse, en ningún caso, la pena de muerte”.
 
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