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Los 7 puntos en los que falla Ángel Gabilondo en su planteamiento sobre los abusos sexuales en la Iglesia

Libertades

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El pasado 20 de junio, el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo presentó en la Comisión Mixta de Relaciones los ejes de actuación de la institución que representa de cara a desarrollar el encargo del Pleno del Congreso de los Diputados, que aprobó la Proposición no de Ley de los Grupos Parlamentarios Socialista y Vasco (EAJ-PNV), relativa a encomendar al Defensor del Pueblo la creación de una Comisión independiente con el encargo de elaborar un Informe sobre las denuncias por abusos sexuales en la Iglesia Católica.

En aquel entonces su comparecencia fue muy polémica y representó la escenificación del inicio de un proceso ilegal, que atenta contra los derechos básicos de los fieles de una fe religiosa, la católica.

A continuación, repasamos los 7 puntos en los que falló en sus intervenciones Ángel Gabilondo y que han provocado que, por primera vez, un colectivo, los cristianos, pidan amparo al Tribunal Constitucional al ver violados sus derechos por el acuerdo del Congreso de los diputados.

1. Inconstitucionalidad por derechos fundamentales

La decisión del Parlamento viola el artículo 14 de la Constitución sobre los derechos fundamentales. Ese artículo cita textualmente:

«Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social».

2. Inconstitucionalidad por su parcialidad

Plantea otra objeción legal como la vulneración constitucional del artículo 9.3, que establece que las decisiones de los poderes públicos no puede ser arbitraria, en el sentido de sesgada y parcial, y que deben, por el contrario, ser razonadas. Una cuestión que, a todas luces no cumple la iniciativa del Parlamento debido a su parcialidad.

3. Los estudios rebaten la iniciativa

La pregunta que emana de la decisión parlamentaria y que aborda el Informe es por qué se ha de relacionar este delito con los católicos cuando, además, los estudios revelan que este colectivo representa una ínfima parte de esta lacra, que afecta al conjunto de la sociedad, tal y como informó ForumLibertas.

4. Inversión perversa de las instituciones

Tal y como plantea el artículo 9.3 de la Constitución, el acuerdo vulnera la Ley de la razón de ser del propio Defensor del Pueblo, ya que su finalidad constitucional no es indagar sobre aspectos de la sociedad civil, sino indagar sobre las propias instituciones públicas para defender a los ciudadanos de los posibles abusos que estas puedan cometer sobre ellos. Por lo tanto, nos encontramos con una inversión perversa del uso de las instituciones.

5. La colaboración de la Iglesia

Gabilondo afirmó: «Quiero pensar que la Iglesia colaborará». Sin embargo, ¿cómo espera el Defensor que la Iglesia participe de una iniciativa que vulnera los derechos fundamentales de sus fieles? ¿Es una postura ingenua o maliciosa?

6. Investigar una ínfima parte del todo

Gabilondo afirmó: «Es más, comprendo que haya un debate sobre si hubiera sido más ajustado investigar todo tipo de víctimas. Así se expresan, y así lo ha expresado el grupo Vox. Ha dado argumentos que más o menos son los presentados recientemente en un escrito de amparo al tribunal constitucional donde se habla… bueno, desde luego la Iglesia no es un grupo étnico, y no se hace ningún tipo de persecución étnica a la Iglesia. Sí, es muy probable que sea necesario investigar los abusos en mayor dimensión. ¡Es probable que lo pongamos incluso en unas conclusiones! Sí, porque tenemos información de que en el ámbito familiar, el deportivo, institucionales, donde hay confianza y poder, hay situaciones de dominio, abuso, y abuso sexual. Y conozco muchos casos de paralización por elevación. ‘Vamos a investigar este caso’. ‘No, mejor todo el mundo’, ‘todo el universo’, y mientras tanto, ese caso no se investiga. En este momento hay una propuesta realista y viable que hemos de hacer».

En esas declaraciones, el Defensor del Pueblo hace trampas al solitario para justificar lo injustificable. Si todos los casos son igual de graves, por qué poner el foco solamente en los de una única organización, ¿no es persecución?

7. La ejemplaridad de la Iglesia

Ángel Gabilondo añade en sus discurso: «Ustedes [los diputados] me hicieron la encomienda a mí, yo no se la pedí. Debatieron, votaron, ya decidieron. Yo soy un Alto Comisionado de las Cortes Generales. ¡Somos las Cortes Generales! Y una vez hemos decidido, asumimos las consecuencias. ¿Qué podía hacerse para todos [los casos de abusos]? Quizá. Pero he entendido que hay razones para exigir a la Iglesia una actitud singularmente valiosa de ejemplaridad. Y no es afán de perseguir a nadie».

Esta afirmación de Gabilondo es sorprendente porque numerosas instituciones educativas y de tutela de menores del propio Gobierno sobrepasan en mucho el número de casos de abusos sexuales a menores. ¿No cabe la misma o mayor responsabilidad al Gobierno, que es el organismo de todos los ciudadanos? ¿No se le tiene exigir mayor ejemplaridad que a nadie?

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