Este martes, 5 de febrero se ha manifestado por primera vez Hacienda de manera oficial sobre un tema que ha generado debate recientemente como es si los padres que tienen a sus hijos en alguna de las escuelas concertadas españolas puede o no deducirse la cuota que pagan por la educación de sus hijos.
Asimismo, el organismo público ha abordado otro aspecto sensible: el hecho de que la aplicación de esta realidad tributaria pueda o no aplicarse de manera retroactiva, lo que afectaría notablemente a numerosas familias.
Esta declaración viene después de que la Agencia Tributaria (AEAT) diera a conocer el pasado 29 de noviembre de 2018 de que estaba cuestionando la viabilidad legal de este sistema de contraprestación escolar.
No se pueden desgravar las cuotas: no son donaciones
La AEAT estima que solamente las donaciones que no obtienen contraprestación en forma de producto o servicio se pueden considerar como tales y por lo tanto acogerse al sistema de desgravaciones.
Sin embargo, el organismo público considera que este supuesto donativo estaría recibiendo a cambio un servicio en forma de educación a los hijos del que ha donado.
En la actualidad, un gran número de escuelas concertadas se acogen a este sistema en el que los padres dan una donación que deduce hasta un 75% en los primeros 150 euros y un 30% para el resto de cantidad donada. El colegio ofrece luego certificados de donativos.
La AEAT estaría analizando a estas escuelas y observando casos muy variados dentro de este sistema como son fundaciones educativas o maneras de ejercerlo.
Respeto a la atención que esta prestando Hacienda ahora a las concertadas, el comunicado dice que «Simplemente se vienen realizando controles puntuales desde hace tiempo en distintos puntos del territorio».
En una entrevista en Antena 3, el exdirector de la Agencia Tributaria Ignacio Ruiz Jarabo sostiene que tanto la cuota mensual que se abona a los centros concertados como los pagos por actividades extraescolares en esos colegios no son una donación, ya que, según él, «no se trata de una liberalidad sino el pago de una prestación por servicios».
Se recomienda regularizar voluntariamente: si lo hace Hacienda, habrá sanción
Al respecto de las posibles sanciones, Hacienda alega que no ha recibido ninguna instrucción para indagar el sector especialmente ni piensa hacer ninguna acción especial. Sí que es cierto que el organismo público espera que las informaciones que han salido sirvan de advertencia a los padres para regularizar su situación.
Esto afectaría a los cuatro últimos años no prescritos. Esto empuja a los padres que se encuentren en esta situación a presentar declaraciones extemporáneas con un recargo del 5%, 10% y 15% según el periodo de tres, seis y nueve meses, respectivamente.
¿Por qué es mejor realizar la regularización voluntariamente? Porque si la iniciativa la tomara el Fisco, los padres podrían enfrentarse a una sanción del 50% más intereses de demora.
A partir de la próxima campaña de declaración de la renta de 2018, que empieza en abril, esta desgravación dejará de aplicarse de manera definitiva.
Desde el Gobierno, la ministra de Educación y FP, Isabel Celaá, ha explicado que según «sus noticias» de «otros Ministerios», el global de esas deducciones supera los 1.000 millones de euros.
En la actualidad, dos millones de alumnos estarían en esta situación ya que estudian en la escuela concertada. Las cuotas, de muy diverso tipo, suelen rondar los 400 euros por estudiante. La devolución retroactiva durante el proceso de regularización podría llegar hasta a los 3.000 euros por familia.