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La Ley de Eutanasia muestra sus fisuras tras un año: el médico responsable y el consultor no siempre están de acuerdo

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El 25 de junio de 2021 entraba en vigor en España la Ley de eutanasia, Ley Orgánica 3/2021, una Ley que ya ha caminado un año después de haber sido aprobada en plena pandemia, por la puerta de atrás y sin tener en cuenta a las asociaciones y organizaciones de médicos y de enfermos.

Ya se encuentran, por lo tanto, informes que analizan este primer año y que dejan algunas de las fisuras que ya está mostrando esta Ley.

«Por muy clara y garantista que sea la Ley de regulación de la eutanasia (LORE) y sus manuales de implantación determinar qué pacientes cumplen los requisitos de enfermedad para someterse a esta prestación no siempre es sencillo», afirma Soledad Valle en Diario Médico. Valle es periodista especializada en información sanitaria.

La muestra de lo que apunta esta afirmación son las diferencias en la interpretación de la norma, lo cual aparece con claridad en el informe que el País Vasco acaba de hacer público y que corresponde al primer año de la entrada en vigor de la LORE.

Durante ese año, el Servicio de Salud Vasco-Osakidetza recibió 38 solicitudes, de las que fueron autorizadas y realizadas 25 eutanasias. Doce de esas autorizaciones necesitaron la convocatoria del Pleno de la Comisión de Garantía y Evaluación de la Eutanasia de Euskadi para resolverse desacuerdos previos.

Según informa la periodista para Diario Médico, seis de las autorizaciones elevadas a pleno fueron porque el médico responsable resolvió a favor de la eutanasia pero el médico consultor no, lo que obligó al pleno de la Comisión a reunirse y decidir la autorización en cuatro casos, otro estaba pendiente de resolverse cuando se hizo el informe y en el sexto, el paciente falleció antes de que se reuniera el pleno. Este aspecto muestra la arbitrariedad de esta norma que no es capaz de poner de acuerdo a los profesionales.

«También hubo distintas interpretaciones de la LORE entre el paciente que solicita la eutanasia y el médico responsable que, sin ser médico objetor, puede negar que la situación del enfermo se ajuste a los supuestos que recoge la LORE para conceder la prestación. Así ocurrió en seis solicitudes en Euskadi y en cinco de ellas el enfermo recurrió la negativa del médico responsable a su petición. El pleno de la Comisión se alineó con la valoración del médico responsable, porque o bien «no se habían agotado opciones terapéuticas» o «las patologías de los pacientes no podían considerarse como válidas en los supuestos que asume la ley»», afirma Valle.

Otro punto en el que también puede haber desacuerdo es en la dupla, que la forman un jurista y un médico designados para cada petición por la Comisión de Garantía y Evaluación de la eutanasia de Euskadi, tras recibir el informe favorable del médico responsable y el consultor. La decisión de la dupla es la definitiva y queda refrendada con la firma del presidente de la Comisión, sin necesidad de una reunión del pleno. «En este año en Euskadi hubo una solicitud sobre la que el médico y el jurista, la dupla, no se pusieron de acuerdo y motivó la reunión del pleno que resolvió que la solicitud sí cumplía con los requisito de la LORE«, explica Valle.

La Ley de eutanasia en Cataluña

En los primeros seis meses de la entra en vigor de la eutanasia, Cataluña recibió 68 peticiones y realizó 29 eutanasias. De las solicitudes, dos recibieron informes desfavorables del médico consultor cuando el médico responsable había emitido informe favorable.

En uno de estos casos, según detalla el informe catalán, era «un paciente con una enfermedad neurodegenerativa, que el consultor consideró que no se adecuaba al contexto eutanásico de dependencia y sufrimiento insoportable». Mientras que la otra era un paciente de edad avanzada con multimorbilidad crónica y progresiva que le generaba una situación de dependencia grave, y el médico consultor consideró que era un «agotamiento vital susceptible de mejora si aceptara recibir tratamiento».

En cuatro solicitudes en Cataluña, fue el médico responsable quien consideró que el paciente no se encontraba «en un contexto de enfermedad grave o incurable o bien, en una situación de sufrimiento grave, crónico o imposibilitante».

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