Éste es un tema de vigente actualidad ya que, a raíz de que una serie de padres haya planteado al Tribunal Constitucional español (TC) la posible inconstitucionalidad de la prohibición por vía judicial del derecho a educar a sus hijos en casa, el TC en sentencia 133/2010 acaba de entender que la decisión del legislador es “constitucionalmente inobjetable”, por lo que desestima el recurso de amparo de los padres. Esta sentencia, sin embargo, no es tan contundente como inicialmente podría entenderse, es decir, no considera inconstitucional un sistema razonable de “educación en casa”, sino que no puede entenderse inconstitucional el sistema contrario, la escolarización obligatoria, que es lo que planteaba el grupo de padres que presentaron el recurso.
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