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La ideología detrás de la ley: ¿por qué solo es violencia de género cuando la víctima es una mujer?

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“Europa presenta en conjunto las cifras de homicidio más bajas del mundo. […] España se sitúa por debajo de la media europea, con una tasa de 0,66 homicidios por cada 100.000 habitantes, en una tendencia descendente”. Esta es una de las conclusiones del ‘Informe sobre el homicidio en España’ (2010-2012), elaborado por el Ministerio del Interior.

En este contexto, del total de 632 homicidios “consumados y esclarecidos” en España en aquellos tres años, 130 fueron como consecuencia de la llamada “violencia de género”, según el informe, que califica de esta forma los “casos en los que el autor (hombre) mata a la víctima”.

Quedan excluidos los casos en los que la autora mata a un hombre, y los casos de parejas homosexuales”, tal como indica la Ley Orgánica 1/2004, más conocida como Ley de Violencia de Género. Es decir que, para esa ley, en los casos de violencia de género que acaban en muerte, los homicidas son siempre hombres

El estudio contempla otro apartado, el de “resto violencia doméstica/familiar”, en que “los implicados tienen relación familiar, o conviven en el mismo domicilio”. Y es aquí donde “se incluyen aquellos en los que la mujer mata a la pareja hombre y los casos de parejas homosexuales masculinas y femeninas”.

muertes por violencia de género
Para la ley, en las muertes por violencia de género los homicidas son siempre hombres

Pero, ante este planteamiento, en el que la ideología subyace tras la ley, cabe preguntarse por qué solo es violencia de género cuando la víctima es una mujer. Vayamos a los datos.

Tipologías homicidas y total de víctimas

El estudio muestra un cuadro con las tipologías homicidas de “los hechos de homicidio doloso y asesinato, consumados y esclarecidos en España” en 2010, 2011 y 2012, de los que “se ha obtenido una muestra” de 632 homicidios, como se puede observar a continuación.

Violencia de género y tipologías homicidas
Tipologías homicidas y total de víctimas

“De los 632 homicidios estudiados, 216 tuvieron lugar en el año 2010 (34,1%), 220 en 2011 (34,8%) y 196 en 2012 (31,01%)”, señala el informe.

En cifras globales, el mayor volumen de casos se agrupa en lo que el informe califica como “motivación interpersonal”, donde se produjeron un total de 495 homicidios, es decir el 78% del total, “quedando con un 18% los 115 hechos cometidos con ocasión de ejercer el autor otras actividades criminales”.

“Se aprecia que el mayor volumen de casos se concentra en las discusiones/reyertas (22%), seguidos de la violencia de género y la doméstica/familiar, representando estas dos últimas dos quintas partes del total de hechos (40,7%)”, agrega el informe.

Víctimas de violencia de género, solo mujeres

Más adelante, el estudio analiza otro cuadro referido a “las 661 víctimas mortales contabilizadas en el estudio”, de las que “406 eran hombres (61,42%) y 254 mujeres (38,43%)”.

Al desglosar esas víctimas por sexo y en función de las diferentes tipologías de hechos criminales, el informe destaca que “el 77,76% de las mismas han sido homicidios de tipo interpersonal”, es decir 521 víctimas, como se ve a continuación.

Violencia de género y sexo de las víctimas
Sexo de la víctima por tipología delictiva interpersonal

“Mueren más hombres por discusiones/reyertas y por violencia doméstica que mujeres; mientras que el principal tipo de muerte de mujeres es la violencia de género”, agrega el informe.

Así, por “discusión/reyerta” murieron 133 hombres y 11 mujeres; por “violencia de género” todas las víctimas fueron mujeres; y en el “resto de violencia doméstica/familiar” hubo 86 víctimas masculinas y 57 femeninas, como se ve en el cuadro.

Llama la atención que, en términos porcentuales, frente al 100% de víctimas femeninas por violencia de género y ninguna masculina, cuando se habla de violencia doméstica o familiar, las víctimas masculinas (59,7%) son más que las femeninas (39,6%), aunque se sobreentiende que mucha de esta violencia se puede dar en relaciones por ejemplo entre hermanos o padres e hijos.

El estudio también analiza la nacionalidad de la víctima según el delito y, de las 130 víctimas por violencia de género, 92 (70,8%) eran españolas, pero otras 37 eran extranjeras (28,5%), un porcentaje motivo de reflexión.

Autores, ¿solo hombres?

Por otra parte, el estudio muestra otro cuadro en el que se detalla el sexo de los autores por tipología delictiva, “observándose que el 69,11% de los autores han perpetrado homicidios de tipo interpersonal” o sea 602 casos según el informe, 527 con autores masculinos y 75 femeninos, como se ve en el cuadro.

Violencia de género y sexo de los autores
Sexo de los autores por tipología delictiva interpersonal

Por discusiones o reyertas, 185 homicidios fueron cometidos por hombres y 14 por mujeres; por violencia de género, el total de 130 homicidios fue obra de hombres, según el informe; y en los casos de violencia doméstica o familiar, 99 homicidios los cometieron hombres (66,4%); y 50, mujeres (33,6%).

Es en el ámbito familiar en donde aparece la mujer homicida con mayor relevancia”, destaca el estudio al respecto.

De nuevo, a pesar de la anterior observación de los responsables del informe, se podría deducir que solo los hombres cometen homicidios relacionados con la violencia de género.

En cuanto a la nacionalidad de los autores, de los 130 casos de violencia de género, 88 corresponden a españoles (67,7%) y 42 a extranjeros (32,3%); mientras que, en los casos de violencia doméstica o familiar, en 119 casos (79,9%) el causante fue un español y en 30 un extranjero (20,1%); con lo que cobra relevancia la participación de extranjeros en este tipo de homicidios.

ruptura pareja
Una de las causas en los feminicidios suele ser la ruptura de la pareja

La ruptura como causa

En relación a esta última cuestión, hay que significar que, el alto porcentaje de participación de extranjeros en homicidios cometidos en España relacionados con la violencia de género, y la violencia doméstica o familiar, no es una cuestión que tenga que ver concretamente con el hecho de que sean inmigrantes.

De la misma manera que, entre los españoles, la fragilidad de las parejas de hecho provoca más rupturas y violencia machista que en los matrimonios, algo parecido sucede en el colectivo de inmigrantes.

Las posibilidades de que se desate la violencia machista en las parejas de hecho o las que cohabitan con miembros extranjeros es mucho más alta que la que se da entre los matrimonios y familias estables.

Al tratarse de una relación más frágil entre personas que en muchas ocasiones viven solas y lejos de sus referentes familiares, el factor que más incide en los feminicidios, la ruptura, está más presente.

violencia de género
En 2017 había casi 4.000 hombres encarcelados por violencia de género

Una ley que apunta solo al hombre

Por otra parte, cabe insistir en el hecho de que la Ley de Violencia de Género pone toda su atención en los hombres como causantes de la violencia de género y, aunque se trate de casos minoritarios, cuando esa violencia la ejerce la mujer es contemplada como violencia doméstica o familiar, tal como recoge el contenido de la ley.

Hasta tal punto esto es así que la actual legislación sanciona mucho más la amenaza leve de un hombre que la lesión grave cometida por una mujer, con lo que se hace evidente la injusticia de esa ley.

En cuanto a las muertes de mujeres a manos de su pareja o ex pareja, hay que resaltar que la sobreexposición mediática de los feminicidios contrasta con la ausencia en los medios de homicidios en hogares por otras causas, como los infanticidios o los que afectan a ancianos.

Al respecto, en 2018 hubo 22 infanticidios y 47 feminicidios en España. Sin embargo, habría que preguntarse si, proporcionalmente, la muerte violenta de esos menores recibió el mismo tratamiento informativo que el que los medios otorgaron a las víctimas de violencia machista.

En cualquier caso, otro dato que corrobora hasta qué punto esa ley es asimétrica es el hecho de que, como resultado de la misma, en mayo de 2017 se contabilizaran casi 4.000 hombres encarcelados por violencia de género. Y es que la ley transforma la falta en delito, aunque solo lo hace cuando el supuesto agresor es un hombre y la agredida una mujer.

Pero, si dos hombres o dos mujeres se pelean de forma violenta, sean heterosexuales, gais o lesbianas, no se considera violencia de género y el tratamiento y condena de ese suceso es muy diferente.

agresion entre lesbianas
¿Por qué la agresión de una lesbiana a otra no es violencia de género si la agredida es una mujer?

La paradoja de los homicidios entre lesbianas

Una última reflexión relacionada con esta cuestión es la paradoja que se produce cuando, en un homicidio, tanto la víctima como el agresor es una mujer, es decir entre una pareja de lesbianas.

Si el contenido de la ley pone el acento en el hecho de que las víctimas de violencia de género son siempre las mujeres, no se entiende que la ley dé un tratamiento a la agresora diferente al que daría si se tratara de un hombre, y se incluyan esos casos en el apartado de “violencia doméstica o familiar”.

¿Por qué no se consideran esos casos como violencia de género?, ¿acaso la ley no considera mujer a la víctima por el hecho de ser lesbiana? La respuesta tiene que ver con el hecho de que la ley especifica que se trata de una situación de dominio del hombre sobre la mujer y que esa situación se ejerce a través de la violencia, la de género.

Cuando es al contrario, si la víctima es un hombre, no es violencia de género y por eso ellas tienen condenas menores. En el caso de los gays, la ley aplica el mismo criterio, pero, ¿por qué la agresión de una lesbiana sobre otra no es violencia de género?

¿La razón de todo ello? Una clara ideología detrás de una ley que quiere poner el foco en una violencia concreta por encima de todas las demás.

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3 Comentarios. Dejar nuevo

  • Chimo de Patraix
    4 febrero, 2019 08:51

    Lo perverso de esta legislación es que sugiere que el varón agrede a la mujer, en tanto que es varón, y no por ningún otro motivo, lo que resulta, además de irracional e ideológico, abyecto. Estos homicidios deberían estar incluidos en la mayoría de los casos, como consecuencia de «discusion o reyerta» o «violencia doméstica». Es curioso observar como esta ley no penaliza al hombre agresor si éste es «gay», y no protege a la mujer agredida, si la agresora es una mujer «lesbiana». A esta legislación le importa un bledo la violencia de caracter doméstico, lo que pretende es enfrentar al hombre y a la mujer, como en otros tiempos consiguieron enfrentar a empresarios y trabajadores, y como consecuencia desvincular y empobrecer a la sociedad civil para hacerla más manejable.

    Responder
  • Chimo de Patraix
    4 febrero, 2019 08:52

    Lo perverso de esta legislación es que sugiere que el varón agrede a la mujer, en tanto que es varón, y no por ningún otro motivo, lo que resulta, además de irracional e idelógico, abyecto. Estos homicidios deberían estar incluidos en la mayoría de los casos, como consecuencia de «discusion o reyerta» o «violencia doméstica». Es curioso observar como esta ley no penaliza al hombre agresor si éste es «gay», y no protege a la mujer agredida, si la agresora es una mujer «lesbiana». A esta legislación le importa un bledo la violencia de caracter doméstico, lo que pretende es enfrentar al hombre y a la mujer, como en otros tiempos consiguieron enfrentar a empresarios y trabajadores, y como consecuencia desvincular y empobrecer a la sociedad civil para hacerla más manejable.

    Responder
  • […] Al respecto, habría que preguntarse por qué esa ideología prevalece en la actual legislación española y sólo es violencia de género cuando la víctima es una mujer. […]

    Responder

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