¿Es moralmente legítimo el aborto provocado?

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Videtur quod

Objeción 1. La autonomía de la mujer

Parece que el aborto debe ser moralmente legítimo porque ninguna persona puede ser obligada a utilizar su propio cuerpo para beneficio de otra. La mujer gestante soporta las cargas físicas, psicológicas y sociales del embarazo; por tanto, corresponde exclusivamente a ella decidir si desea continuarlo o no.

Objeción 2. El embrión no es una persona

Además, en las primeras fases del desarrollo, el embrión carece de conciencia, racionalidad, lenguaje y capacidad de relación. Como estas características son las que normalmente atribuimos a las personas, parece que no puede poseer el mismo derecho a la vida que una persona ya nacida.

Objeción 3. Casos de sufrimiento extremo

Asimismo, en situaciones de violación, grave malformación fetal o peligro para la estabilidad vital de la madre, obligar a continuar el embarazo parece constituir una injusticia adicional y una forma de crueldad moral.

Objeción 4. El aborto evita males mayores

Además, algunos sostienen que el nacimiento de niños no deseados puede conducir a situaciones de abandono, pobreza o sufrimiento familiar. Por tanto, parece preferible evitar tales consecuencias mediante el aborto.

Objeción 5. La ley no debe imponer una moral religiosa

Finalmente, la oposición al aborto suele fundamentarse en convicciones religiosas. En una sociedad pluralista, la ley civil no debería imponer a todos las creencias particulares de una determinada tradición moral.

Sed contra

Por el contrario, si el ser concebido pertenece ya a la especie humana y posee una identidad biológica propia y distinta de la de sus progenitores, parece contrario a la justicia privarle deliberadamente de la vida, pues el derecho a la vida constituye el fundamento de todos los demás derechos.

Respondeo dicendum quod

Respondemos diciendo que la cuestión central no reside en la autonomía de la mujer ni en las circunstancias del embarazo, sino en la naturaleza del ser concebido.

Si aquello que se encuentra en el seno materno no es todavía un ser humano individual, entonces el aborto no plantearía un problema moral sustancialmente distinto de otros actos médicos.

Pero, si desde la concepción existe ya un individuo humano vivo, dotado de una identidad genética propia y de un desarrollo autónomo orientado hacia la madurez, entonces nos hallamos ante un miembro de la familia humana en una etapa inicial de su existencia.

La ciencia contemporánea muestra que no existe un salto cualitativo posterior que transforme algo no humano en humano. Lo que existe es un proceso continuo de desarrollo desde la fecundación hasta la muerte natural.

Por ello, la cuestión decisiva es si la dignidad humana depende de lo que uno es o de las capacidades que posee en un momento determinado.

Si depende de las capacidades actuales —conciencia, racionalidad, autonomía—, entonces tampoco los recién nacidos, los discapacitados intelectuales profundos o los pacientes inconscientes poseerían plenamente tal dignidad.

En cambio, si la dignidad deriva del ser mismo de la persona humana, entonces pertenece igualmente al embrión, aunque todavía no pueda ejercer sus facultades.

De ahí que el aborto provocado aparezca como la eliminación deliberada de una vida humana inocente, lo que constituye una grave injusticia.

Respuestas a las objeciones

A la primera

La autonomía es un bien importante, pero no es absoluta. Ningún derecho de autodeterminación incluye la facultad de eliminar directamente a otro ser humano inocente. La cuestión vuelve a ser quién es el concebido.

A la segunda

La personalidad no puede depender exclusivamente del ejercicio actual de determinadas capacidades. Un recién nacido tampoco posee racionalidad operativa y, sin embargo, nadie niega que sea una persona humana.

A la tercera

Las circunstancias dramáticas generan deberes de solidaridad, apoyo y acompañamiento. Explican la dificultad de la decisión, pero no modifican la naturaleza del acto realizado sobre el concebido. En todo caso, señalarían excepciones muy singulares a la regla de respetar la vida del ser humano concebido.

A la cuarta

La posible existencia futura de sufrimientos no basta para justificar la eliminación de quien podría padecerlos. De lo contrario, podría aplicarse el mismo razonamiento a muchas vidas humanas ya nacidas, que tienen un horizonte definido de sufrimiento.

A la quinta

La afirmación de que la vida humana merece protección desde su inicio puede formularse mediante argumentos filosóficos y biológicos accesibles a la razón natural, sin necesidad de recurrir a la Revelación o a una autoridad religiosa. Esta demostración lo pone de manifiesto.

Conclusión

La cuestión del aborto depende principalmente de una pregunta previa: ¿qué es el concebido?

Si es un ser humano individual, aunque se encuentre en las primeras etapas de desarrollo, entonces posee una dignidad que exige protección jurídica y moral.

Si no lo es, el aborto carece de la gravedad moral que sus detractores le atribuyen.

Por ello, el núcleo del debate no es inicialmente la libertad de la mujer, ni la utilidad social, ni las convicciones religiosas, sino la naturaleza ontológica del ser humano antes de nacer. La cuestión fundamental es esta: ¿qué es aquello que existe en el seno materno y qué dignidad le corresponde por razón de lo que es?

El debate sobre el aborto no empieza con la libertad de la mujer ni con la religión. Empieza con una pregunta anterior: ¿qué es el concebido? De la respuesta depende todo el juicio moral. #Aborto #Bioética Compartir en X

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